Por
Rafael Boscán
Como sino bastara con el hecho de que el periodismo se ha transformado en un "cercano oeste", donde muchos colegas tiran a matar sin que el desprevenido y cómplice sheriff se preocupe en detenerlos, ahora surgen voces en nuestro país, erradas en su desconocimiento de la historia, que claman porque el periodismo, o la comunicación social que lo arropa, pueda ejercerse sin limitación legal alguna, o por lo menos sin una norma clara que lo rija.
Cierto es que la Ley de Ejercicio del Periodismo, que data de 1972 y fue parcialmente reformada en 1994, es hoy un adefesio. Desde hace más de 20 años las escuelas de comunicación social dejaron de graduar periodistas, por tanto una ley sobre el ejercicio de la comunicación social suena mucho más apropiada para los momentos que vivimos. Pero resulta que algunos piensan que lo mejor es separar a estos siameses, dejando a los llamados comunicadores alternativos por un lado y a los periodistas por el otro, sin estar conscientes de que dicho acto quirúrgico matará a ambos, o al menos a uno de los dos, muy probablemente al vilipendiado periodismo, que hoy es, gracias a las putas de los medios, el oficio de lanzar la mierda y lavarse las manos, según frase de Roger Wolfe.
Lamento tener que recordarles a mis queridos colegas, y a quienes no quieren serlo, que hace casi exactos 15 años (se cumplen el 20 de abril), en 1994, el Bloque de Prensa Venezolano introdujo ante la extinta Corte Suprema de Justicia una demanda de nulidad de la Ley de Ejercicio del Periodismo por inconstitucionalidad (pueden leer sobre el caso en el link http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Febrero/216-130202-00-1571.htm) aseverando lo mismo que mis desmemoriados colegas: cualquiera puede ejercer la comunicación social, siguiendo el manido discurso del neoliberalismo según el cual la mejor legislación en comunicación es la que no existe (por cierto, argumento retomado por los dueños de RCTV en el reciente proceso de rescisión de concesión). En el año 2000 el CNP intentó un recurso ante el TSJ para que se desestimara la causa, pero fue rechazado en la Sala Constitucional en ponencia del juez Antonio García, que ordenó seguir el proceso. Hasta donde sabemos, por cierto, aún no se ha decidido al respecto.
¿Que argumentaban los señores del BPV? Que las disposiciones de los artículos 1 y 2 de la Ley de Ejercicio del Periodismo, en su versión de 1994, violentan la Constitución. Los artículos señalan:
“Artículo 1º. El ejercicio de la profesión de periodista se regirá por esta Ley y su Reglamento. Los miembros del Colegio Nacional de Periodistas estarán sometidos como tales a los Reglamentos Internos del Colegio, al Código de Ética del Periodista Venezolano y a las Resoluciones que dicten los órganos competentes del Colegio”.
“Artículo 2º. Para el ejercicio de la profesión de periodista se requiere poseer el título de Licenciado en Periodismo, Licenciado en Comunicación Social o título equivalente, expedido en el país por una Universidad, o título revalidado legalmente; y estar inscrito en el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y en el Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP). Los ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en esta disposición, serán los únicos autorizados para utilizar el título de periodista profesional”.
¿Dejamos entonces al periodismo sin Ley, o reformamos la Ley para darle cabida a todos, sin abandonar la debida profesionalización y, si es necesario, dejando atrás la colegiación obligada en el CNP? Son respuestas difíciles que, a mi juicio, sólo pueden ser respondidas por una Constituyente gremial que, sin prejuicios ni cortapisas, discuta el tema. Pero no me pidan estar de acuerdo con el Bloque de Prensa, porque mi tolerancia no llega a tanto.
Rafael Boscán
Periodista/Docente UBV
http://movimientofabricioojeda.blogspot.com/
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